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FACTURACIÓN INSTANTÁNEA


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Una de las principales dudas que hemos tenido estos últimos días es sobre la facturación instantánea que se va a aplicar en primer cuatrimestre de 2020 es por eso que ha habido mucha polémica tanto para quien recibe la factura y para quien la emite.


¿Qué es la factura instantánea?


Es un mecanismo opcional de facturación donde al realizar el pago con tarjeta de crédito o débito, se generará de manera inmediata la factura a través de la Terminal Punto de Venta (TPV), siempre que el cliente opte por facturar de manera instantánea. Al momento de imprimir el comprobante, éste contendrá un código QR con el cual se podrá verificar que efectivamente se generó la factura.


Han surgido muchos mitos sobre lo que podría suceder con la implementación de la factura instantánea como los que nombramos a continuación:


Se dice que se te va a fiscalizar los gastos que has con tu tarjeta y van a comprobar existe diferencia entre tus ingresos y egresos buscando la discrepancia fiscal. Aun que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la factura instantánea es una medida de facilitación.

Sabemos que no debemos de confiarnos por que en ningún momento el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclara la no fiscalización, a partir de esto ya tiene toda la base para que pueda revisar nuestra documentación o estados bancarios ya que actualmente no existe el secreto bancario.


La factura instantánea NO será obligatoria, cada establecimiento y consumidor establecerá si expiden o solicitan la factura instantánea, por ahora… por ahora no es obligatorio.


Tampoco es obligatorio que la tarjeta ya sea de crédito o debito debe estar ligada a nuestro Registro Federal de Contribuyentes (RFC), cuando tú decidas abrir tu cuenta en el banco deberás solicitar al ejecutivo ligar tu tarjeta al RFC, siempre y cuando el establecimiento ya haya implementado la facturación instantánea.


No recurras al uso del efectivo recuerda que uno de los requisitos para hacer nuestros gastos deducibles en materia empresarial y fiscales de aquellos gastos que sean mayores a 2,000.00 mil pesos forzosamente debemos de solicitar un CFDI y este debe de ser pagado mediante cheque o transferencia electrónica. Puedes meterte en problemas con la ley anti – lavado, ya que partir de esto podrías caer en lo que es la discrepancia fiscal.


Cuando tu realices tus compras ya sea con tarjeta de debido o de crédito tu decidirás si deseas facturar, vas a recibir tu comprobante con un código QR impreso el cual va a validar que tu realmente recibiste un CFDI, el cual contendrá:


· La URL de acceso al servicio

· Folio fiscal del comprobante

· RFC del emisor

· RFC del receptor

· Total del comprobante

· Ocho últimos caracteres del sello digital del emisor del comprobante


Recuerda que cada banco va a implementa las medidas de implementación, para que tú puedas tener esta facilidad. Así que preocupa tener un buen control de tus tarjetas de crédito o debito sin olvidar que estas son personales y no las pueden estar utilizando terceros.


Por: Amazing Consulting

 
 
 

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